CC anula resolución que ordenaba juicio contra exdiputada Alonzo por corrupción municipal
La máxima autoridad constitucional de Guatemala anuló el auto de apertura a juicio contra la exdiputada por considerar que la Sala de Apelaciones no desarrolló un análisis propio de los hechos y el derecho aplicable antes de ordenar el procesamiento.
- La Corte de Constitucionalidad anuló la resolución que mandaba a juzgar a Alonzo por delito de usurpación de funciones en caso vinculado a la administración municipal de Mixco
- El tribunal constitucional concluyó que la Sala de Apelaciones no asumió plenamente su jurisdicción al resolver la apelación del sobreseimiento
- La Sala debe emitir nueva resolución fundamentada dentro de cinco días; los magistrados enfrentan multa de Q2 mil si incumplen
La Corte de Constitucionalidad (CC) de Guatemala confirmó el amparo otorgado a la exdiputada María Stella Alonzo Bolaños en un caso relacionado con supuesta corrupción en la Municipalidad de Mixco. El tribunal anuló la resolución de la Sala Primera de Apelaciones del ramo Penal que había ordenado llevar a Alonzo a juicio oral por el delito de usurpación de funciones, vinculado a su desempeño como directora de la Secretaría de Obras Sociales durante la administración de su expareja, el entonces alcalde Otto Pérez Leal.
La CC determinó que la Sala de Apelaciones no cumplió con sus obligaciones al resolver la apelación contra un sobreseimiento inicial. El tribunal constitucional concluyó que la Sala "no asumió plenamente la jurisdicción que le corresponde" porque se limitó a ordenar al juez de primera instancia dictar auto de apertura a juicio sin desarrollar un análisis propio de los hechos, el derecho aplicable y los medios de investigación incorporados al proceso. Según el fallo, cuando una Sala conoce una apelación contra sobreseimiento debe resolver el fondo del asunto y exponer con claridad las razones jurídicas que sustenten su decisión.
La Corte constitucional señaló que la resolución impugnada no explicó de manera suficiente por qué existían indicios que justificaran someter a Alonzo a juicio oral ni efectuó análisis integral de los medios de investigación ofrecidos por el Ministerio Público y la Procuraduría General de la Nación. Esa omisión vulneró el deber de motivación de las resoluciones judiciales y afectó el derecho de defensa y el debido proceso. La Sala deberá emitir nueva resolución congruente con los criterios del tribunal constitucional dentro de cinco días a partir de la recepción de la sentencia, según reportó Prensa Libre.
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