INDE presenta 10 enmiendas a ley de infraestructura para transmisión eléctrica en Guatemala
La Comisión de Energía del Congreso de la República convocó a instituciones estatales y privadas a presentar propuestas para modificar la iniciativa 6665, Ley de Infraestructura Urgente para el Transporte de Energía. El INDE respondió el martes 14 de julio con diez enmiendas específicas dirigidas a fortalecer la certeza jurídica y operativa de la norma.
- INDE presentó 10 enmiendas enfocadas en evitar inconstitucionalidades, agilizar procesos y reforzar certeza jurídica en infraestructura eléctrica
- Propuesta de precisar la naturaleza jurídica de servidumbre como derecho real de utilidad pública con plazo indefinido mientras exista necesidad técnica
- Iniciativa 6665 busca resolver emisión de licencias ambientales, permisos municipales y derechos de servidumbre para proyectos de transmisión eléctrica
La Comisión de Energía del Congreso de la República solicitó a instituciones públicas y privadas del sector energético que presentaran enmiendas a la iniciativa de ley de infraestructura urgente para el transporte de energía. El Instituto Nacional de Electrificación (INDE) respondió el martes 14 de julio presentando diez propuestas de enmiendas dirigidas principalmente a evitar inconstitucionalidades, agilizar procesos administrativos y reforzar la certeza jurídica del marco legal. El Ministerio de Energía y Minas manifestó estar de acuerdo con el contenido general, proponiendo solo cambios de redacción.
El presidente de la sala legislativa, Ernesto Bran, fijó el 5 de agosto como fecha límite para recibir propuestas adicionales de enmiendas antes de presentarlas en el pleno del Congreso. La iniciativa 6665 fue presentada en octubre de 2025, obtuvo dictamen favorable con modificaciones en su momento, y pasó la segunda lectura en febrero de 2026. Entre las propuestas del INDE destacó una enmienda al artículo 8 para definir con mayor precisión la servidumbre legal, considerado uno de los principales vacíos de la iniciativa, que actualmente solo regula la duración y alcance pero no desarrolla adecuadamente su naturaleza jurídica.
El INDE propuso especificar que la servidumbre constituye un derecho real de utilidad pública e interés nacional, con plazo indefinido mientras exista la necesidad técnica de la línea eléctrica. Otras propuestas incluyen incorporar elementos técnicos como área georreferenciada, accesos para personal y maquinaria, así como obligaciones de restitución y reparación de daños. Para el artículo 9, el INDE sugirió facilitar el mantenimiento de líneas existentes simplificando procedimientos cuando las servidumbres nunca fueron formalizadas legalmente. La aprobación de esta ley ayudaría a mejorar resultados de futuras licitaciones de expansión de transmisión de la red eléctrica, según reportó Prensa Libre.
Este artículo fue redactado con asistencia de IA a partir de fuentes públicas y está sujeto a revisión editorial de Ahora.



