Corte Suprema revoca decreto del Minsal sobre advertencia en alimentos
En fallos divididos, el máximo tribunal chileno resolvió dejar sin efecto la normativa del Ministerio de Salud tras concluir que el acto administrativo vulneraba garantías constitucionales de las empresas alimentarias.
- La Corte Suprema revocó el Decreto N°24 de octubre de 2024 que exigía rotular «evita su consumo» en publicidad de alimentos con sellos altos
- El tribunal determinó que el Minsal actuó ilegalmente sin justificar por qué eligió la advertencia restrictiva sobre otras opciones como «come sano, sin sellos es mejor»
- Las sentencias acogieron reclamos de empresas como Ideal, filial de Bimbo, además de Carozzi, Unilever, Nestlé y Tres Montes
La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió los recursos de protección y amparo económico presentados por empresas de alimentos en contra del Decreto N°24 expedido el 10 de octubre de 2024 por el Minsal durante la administración del presidente Gabriel Boric. El decreto ordenaba incluir en los envases la advertencia «evita su consumo» en la publicidad de productos calificados como altos en calorías, sodio y azúcares. En dos fallos divididos, con votos en contra del ministro Jean Pierre Matus y del abogado integrante Carlos Urquieta, el tribunal determinó que la normativa carecía de la debida fundamentación exigida por la Ley N°19.880 y vulneraba garantías constitucionales fundamentales.
El conflicto se originó cuando la autoridad sanitaria sustituyó el mensaje histórico «Prefiere alimentos con menos sellos de advertencia» por el texto «Alimento con sello 'alto en', evita su consumo». El Minsal argumentó que el cambio buscaba alinear la publicidad con las Guías Alimentarias actualizadas en 2022 y responder al aumento de enfermedades no transmisibles como la obesidad. Sin embargo, la Corte concluyó que el Minsal actuó de forma ilegal al no justificar por qué optó por la advertencia más restrictiva. El fallo detalló que, aunque se realizó una consulta pública, el mensaje adoptado provenía de una sugerencia del Grupo Transdisciplinario para la Obesidad de Poblaciones, omitiendo explicar las razones para descartar otras propuestas como «Come sano, sin sellos es mejor» del programa Elige Vivir Sano y «Revisa la etiqueta, infórmate, consume con moderación» sugerida por el Departamento de Ciencia de los Alimentos de la Universidad de Chile.
En el recurso de protección, el tribunal estableció que la actuación del Minsal vulneró el derecho a la igualdad ante la ley al imponer exigencias carentes de justificación y razonabilidad. En el amparo económico de Ideal S.A., la Corte determinó que la cartera afectó el derecho a desarrollar una actividad económica, ya que las nuevas exigencias de rotulado implicaban una alteración relevante de las condiciones operacionales de la empresa. Las sentencias revocaron resoluciones previas de la Corte de Apelaciones de Santiago dictadas en octubre de 2025, según informó La Tercera.
Este artículo fue redactado con asistencia de IA a partir de fuentes públicas y está sujeto a revisión editorial de Ahora.