Concierto INABE cuestiona los derechos de autor sobre cantos ancestrales Ashaninka
El concierto 'INABE: Cantos Ancestrales de Mujeres Ashaninka' en el Teatro Segura plantea interrogantes sobre quién tiene derechos sobre la música de pueblos indígenas.
- La búsqueda de mujeres que conservan cantos ancestrales llevó meses de trabajo en la Selva Central porque muchas habían dejado de cantarlos por vergüenza
- Para el pueblo Ashaninka, la música es comunicación con la naturaleza y el mundo espiritual, con protagonismo histórico de mujeres cantantes
- El derecho de autor no reconoce claramente protección colectiva para expresiones folclóricas, problema sin solución definitiva tras dos décadas de negociaciones internacionales
El concierto 'INABE: Cantos Ancestrales de Mujeres Ashaninka' reunirá en la Sala Alzedo del Teatro Segura a Leticia Shonori Chaychay, Teodora Sánchez de Huaringa y Claudia Chobiavante Samuel, así como a la cantante y compositora Yéssika Sánchez Comanti, quien participó en la recopilación y traducción de las canciones. También participarán los músicos Iván Jacobo Shimiñari, Francisco García Kañaireri y Romer Quentimari García, quienes tocarán instrumentos de fabricación propia como zampoña, sonaja y tambor. El pequeño Gael Chobiavante, de cinco años, tendrá su debut artístico en Lima.
La búsqueda de estas voces no fue sencilla. Localizar a mujeres que aún conservaran los cantos ancestrales requirió meses de viajes por la Selva Central, siguiendo referencias de líderes indígenas. Algunas eran las únicas en sus comunidades que continuaban cantando, mientras otras habían dejado de hacerlo por vergüenza. Para la comunidad Ashaninka, la música no es un adorno sino una forma de comunicación con la naturaleza y el mundo espiritual, con canciones sagradas dedicadas a Tasorentsi, el dios creador, y otras que acompañan momentos íntimos como canciones de cuna.
El evento abre un debate legal fundamental sobre propiedad intelectual. Álvaro Ocampo Grey, abogado especializado en propiedad intelectual, explicó que mientras una canción de un creador individual tiene derechos claros de autor, las creaciones colectivas de comunidades indígenas quedan en una zona de protección legal difusa. El problema radica en que no existe un autor individual identificable al que la ley pueda reconocer como titular, surgiendo el concepto de 'propiedad colectiva' que carece de dueño claramente definido.
Aunque se ha discutido la creación de derechos sui generis para pueblos indígenas en organismos como la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, después de más de dos décadas de negociaciones el debate internacional aún no ha alcanzado una solución definitiva. Para este proyecto, la alternativa encontrada fue utilizar la figura de 'obra derivada', que permite registrar estas composiciones en términos legales. Shonori y Sánchez enfatizaron que los jóvenes necesitan espacios donde estas tradiciones sean visibles y valoradas para que su herencia musical prevalezca, según reportó El Comercio.
Este artículo fue redactado con asistencia de IA a partir de fuentes públicas y está sujeto a revisión editorial de Ahora.

