Senado argentino aprueba ley que acelera desalojos a partir de 10 días de impago
El Senado argentino aprobó en primera lectura la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada el 10 de agosto. El proyecto impulsado por el Gobierno de Javier Milei modifica plazos y procedimientos judiciales para desalojos. A partir de ahora, transcurridos 10 días desde el incumplimiento del pago del alquiler, el propietario puede intimar al inquilino e iniciar un procedimiento sumarísimo, el más rápido del sistema judicial argentino, reduciendo la duración de un desalojo de entre 18 a 24 meses a entre cuatro y seis meses.
- Propietario puede intimar al inquilino tras 10 días de impago y comenzar procedimiento sumarísimo que dura 4-6 meses versus 1-2 años en proceso ordinario
- Inquilino tiene 10 días para pagar desde notificación; vencido ese plazo debe restituir inmueble o propietario inicia acción judicial
- Propietario puede solicitar desocupación inmediata por falta de pago o vencimiento de contrato bajo caución juratoria; si se comprueba ocultamiento de pago, juez impone multa hasta 10 veces el alquiler
El proyecto de ley introduce cambios significativos en los procedimientos de desalojo en Argentina. El cambio principal es la aceleración mediante procedimiento sumarísimo tras 10 días de incumplimiento de alquiler. Un proceso ordinario de desalojo que actualmente se extiende entre año y medio y dos años como mínimo podría resolverse entre cuatro y seis meses con el nuevo esquema, según explicó Enrique Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina.
La ley modifica el artículo 679 del Código Procesal Civil y Comercial, que actualmente rige solo en la ciudad de Buenos Aires. Cuando un inquilino incumple el pago, el propietario debe notificarlo especificando el lugar de pago y otorgando un plazo de diez días para que salde la deuda. Vencido ese período sin cancelación, el inquilino tiene la obligación de restituir el inmueble. Si se rehúsa, el propietario queda habilitado para iniciar la acción judicial de desalojo. El juez puede convocar a la fuerza pública para ejecutar el desalojo, proceso que en la práctica toma aproximadamente dos meses incluyendo actuaciones de otras instancias como tribunales de menores si hay menores en el inmueble.
El proyecto introduce protecciones equilibradoras: propietarios pueden solicitar desocupación inmediata bajo caución juratoria por falta de pago o vencimiento de contrato, pero si se comprueba que ocultaron un pago realizado o el contrato real, el juez impone multa de hasta diez veces el valor del último alquiler a favor del inquilino. En caso de vencimiento contractual, no es necesaria intimación previa ni esperar los diez días: el propietario puede iniciar juicio al día siguiente del vencimiento. La iniciativa debe ser votada ahora por la Cámara de Diputados, según reportó La Nación.
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