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Política

En Florida, la fruta que cruza la cerca pertenece al dueño del árbol enraizado

El Departamento del Sheriff de Miami-Dade publicó un video advirtiendo a residentes que la fruta de un árbol enraizado en propiedad privada pertenece a su dueño, incluso cuando las ramas se extienden más allá de la cerca. Tomar fruta sin autorización puede resultar en una sanción civil de 200 dólares estadounidenses por violación a la Sección 21-118 del Código de Miami-Dade.

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Resumen IA — Tres claves
  • La fruta pertenece al propietario del árbol mientras permanezca unida a la rama, incluso si cuelga sobre propiedad ajena
  • Tomar fruta sin consentimiento del dueño constituye hurto bajo derecho consuetudinario y puede incurrir en multa de US$200
  • El precedente Gallo v. Heller de 1987 permite podar ramas propias que cruzan el límite de propiedad
En Florida, la fruta que cruza la cerca pertenece al dueño del árbol enraizado
Imagen: Julian Lupyan · Wikimedia Commons (CC0)

El Departamento del Sheriff de Miami-Dade emitió un recordatorio a los residentes durante la temporada de mangos: la fruta de un árbol enraizado en propiedad privada pertenece a su dueño, incluso cuando las ramas se extienden más allá de la cerca o cuelgan cerca de la vereda. La advertencia cita directamente la Sección 21-118 del Código de Miami-Dade, que prohíbe tomar fruta de una propiedad ajena sin consentimiento del propietario.

Según explicó el abogado David Barman, profesor de Derecho Mercantil en la Universidad Internacional de Florida, la propiedad de una fruta depende de dónde se encuentre en cada momento. Mientras permanece unida a la rama del árbol del vecino, sigue siendo de su dueño, aunque esa rama cruce la cerca y la fruta cuelgue sobre el patio contiguo. Arrancarla antes de que caiga constituye hurto bajo derecho consuetudinario. La regla se mantiene incluso si el árbol está ubicado en un patio delantero o en un espacio sin cercar.

El precedente más citado en Florida sobre árboles ubicados entre propiedades es Gallo v. Heller, resuelto por una corte de apelaciones en 1987. El fallo estableció que el propietario afectado puede podar, por su cuenta, las ramas o raíces que ingresen en su terreno, siempre que el corte se limite a la parte que cruza el límite de propiedad. Barman indicó que la fruta unida a una rama podada de esa manera podría quedar en poder de quien hizo el corte, aunque aclaró que se trata de una interpretación del precedente y no de una disposición expresa del estatuto.

Tomar fruta sin este procedimiento o sin autorización del dueño puede derivar en una sanción civil de 200 dólares estadounidenses en Miami-Dade por infracción a la Sección 21-118, además de una eventual imputación por ingreso no autorizado a propiedad privada. Barman recomendó pedir permiso antes de cortar una rama o recoger fruta, en lugar de asumir que está disponible. La temporada de mangos en Florida se extiende de mayo a octubre, con variedades como Tommy Atkins, Haden y Keitt madurando en tramos sucesivos, según reportó La Nación.

Este artículo fue redactado con asistencia de IA a partir de fuentes públicas y está sujeto a revisión editorial de Ahora.

Fuentes

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