Tribunal Constitucional anula proceso penal contra Ollanta Humala por lavado de activos
El Tribunal Constitucional peruano anuló el proceso penal contra el expresidente Ollanta Humala por lavado de activos vinculado a aportes recibidos en las campañas electorales de 2006 y 2011, dejando sin efecto todas las investigaciones preliminares.
- El TC declaró la nulidad del proceso por acreditarse vulneración de principios de legalidad y tipicidad conexos al derecho a la libertad personal de Humala.
- El tribunal señaló que el delito fuente no fue individualizado coherentemente y que no se probó que Humala conociera la ilicitud del origen del dinero en la fecha de los hechos.
- La decisión se tomó por mayoría: cinco votos a favor y dos en contra, con los magistrados Luz Pacheco y Manuel Monteaguado en disidencia.
El Tribunal Constitucional peruano declaró la nulidad del proceso penal seguido contra el expresidente Ollanta Humala por el presunto delito de lavado de activos vinculado a aportes recibidos para las campañas electorales de 2006 y 2011. La decisión se tomó por mayoría, con cinco votos a favor y dos en contra, tras declarar fundada la demanda presentada por la defensa del exmandatario que alegaba vulneración de los principios de legalidad y tipicidad conexos al derecho a la libertad personal.
En su resolución, el TC señaló que de la revisión de las resoluciones cuestionadas se aprecia que el delito fuente no ha sido individualizado y que no se ha sostenido coherentemente que Humala tuviese conocimiento de la ilicitud del origen del dinero o que pudo preverlo a la fecha concreta de los hechos. El tribunal argumentó que la acusación infería que el dinero procedería de activos de corrupción de entidades brasileñas, que el Ministerio Público le imputaba estar en condiciones de presumir su origen ilícito por haberlo recibido en grandes cantidades sin bancarizar, pero carecía de sustento formal.
El Tribunal Constitucional remarcó que con su decisión quedan sin efecto las investigaciones preliminares seguidas contra Ollanta Humala, lo cual implica la nulidad de todas las actuaciones posteriores, incluyendo las resoluciones que desestimaron la excepción de naturaleza de la acción y la sentencia. Ordenó que la fiscalía penal del caso emita la disposición correspondiente que ordene el archivo de lo actuado en la investigación preliminar.
Esta anulación revierte la condena dictada en abril de 2025 por el Tercer Juzgado Colegiado de la Corte Superior Nacional, que había condenado a 15 años de prisión al expresidente y a la ex primera dama Nadine Heredia, ordenando su internamiento en dos penales hasta el 28 de julio de 2039. Tras la sentencia anterior, Nadine Heredia Alarcón recibió asilo diplomático de Brasil, según reportó El Comercio.
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