Programa de UCR cuestiona decreto que clasifica información de seguridad como secreto de Estado
El Programa de Libertad de Expresión y Derecho a la Información de la Universidad de Costa Rica cuestionó el alcance del decreto que declara secreto de Estado información sobre seguridad nacional, proveedores y contratos públicos, argumentando que restringe derechos fundamentales.
- El decreto publicado el 10 de agosto cubre información de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional, expedientes de contratación y identidades de proveedores.
- Proledi argumenta que la restricción viola principios de publicidad, transparencia y rendimiento de cuentas esenciales para fiscalización democrática.
- El decreto carece de plazo determinado para desclasificación y no demuestra que todas las restricciones sean necesarias, idóneas y proporcionales.
El Programa de Libertad de Expresión y Derecho a la Información (Proledi) de la Universidad de Costa Rica cuestionó el Decreto Ejecutivo N.° 45870 MSP, publicado en La Gaceta el 10 de agosto, que declara secreto de Estado una serie de actuaciones administrativas del gobierno. La medida abarca información de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional, el Consejo Nacional de Seguridad Pública y el grupo Fuerza Élite, así como expedientes de contratación administrativa, identidades de proveedores y datos sobre contratos adjudicados.
Proledi sostuvo que una restricción de esa amplitud resulta contraria a los principios fundamentales de publicidad, transparencia, máxima divulgación y rendición de cuentas. El programa universitario argumentó que el acceso a la información pública es un derecho constitucional y convencional que constituye una herramienta indispensable para el control democrático de las autoridades, la participación ciudadana y el ejercicio de la libertad de prensa.
El Proledi destacó que Costa Rica carece de legislación específica que regule integralmente el secreto de Estado, generando incertidumbre sobre los alcances de este concepto. El decreto no establece un plazo determinado después del cual la ciudadanía pueda acceder a la información clasificada, ni demuestra suficientemente que todas las restricciones sean necesarias, idóneas y proporcionales para proteger la seguridad nacional. El programa advirtió que cualquier restricción al acceso a información pública debe interpretarse de manera estricta y excepcional.
Este artículo fue redactado con asistencia de IA a partir de fuentes públicas y está sujeto a revisión editorial de Ahora.