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Economía

Guatemala grava alojamientos en plataformas digitales como Airbnb con impuesto del 10 por ciento

Guatemala propone reformar su Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo (Inguat) para incluir un impuesto del 10 por ciento sobre alojamientos intermediados por plataformas digitales, una tarifa que ya existe para hoteles convencionales.

A
Resumen IA — Tres claves
  • El impuesto de hospedaje del 10 por ciento actualmente se aplica solo en hoteles y establecimientos registrados ante el Inguat, pero no en servicios contratados por plataformas digitales.
  • La iniciativa 6811 propone que el impuesto se aplique también a servicios ofrecidos, intermediados o cobrados mediante Airbnb, aplicaciones, sitios web y otros mecanismos tecnológicos.
  • El Inguat argumenta que cuando la ley fue creada hace más de 50 años no existían plataformas digitales, pero ahora estas integran parte importante de la oferta turística y compiten con establecimientos que cumplen obligaciones tributarias.
Guatemala grava alojamientos en plataformas digitales como Airbnb con impuesto del 10 por ciento
Imagen: Dllu · Wikimedia Commons (CC BY-SA 4.0)

El impuesto de hospedaje en Guatemala lleva más de cinco décadas vigente con una tasa del 10 por ciento sobre la tarifa de alojamiento, aplicable solo a hoteles y establecimientos registrados ante el Inguat. Sin embargo, queda un vacío regulatorio para servicios contratados por plataformas digitales como Airbnb, agencias en línea y otros intermediarios tecnológicos.

La iniciativa de ley 6811, presentada por la Comisión de Turismo del Congreso, busca reformar el artículo 21 de la Ley del Inguat para ampliar el alcance del impuesto. La propuesta incluiría servicios de alojamiento ofrecido, intermediado, comercializado, cobrado, reservado o facilitado mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones, sitios web o cualquier mecanismo digital, independientemente de la denominación comercial del prestador, anfitrión, operador o intermediario.

El Inguat justifica la reforma argumentando que cuando la legislación se aprobó hace más de 50 años las plataformas digitales no existían. Hoy, sin embargo, estas forman parte importante de la oferta turística del país y compiten directamente con hoteles, hostales y establecimientos que sí están registrados y cumplen obligaciones legales y tributarias. La reforma buscaría establecer reglas equitativas para todos los prestadores.

La propuesta mantiene disposiciones existentes que establecen que el impuesto se aplica al usuario, debe publicitarse separadamente del precio base y no se cobra para hospedajes de 30 días consecutivos o más. Además, plantea mecanismos de registro y coordinación con la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), así como establecer procedimientos para que plataformas digitales y actúen como agentes de percepción, retención e información tributaria, según reportó Prensa Libre.

Este artículo fue redactado con asistencia de IA a partir de fuentes públicas y está sujeto a revisión editorial de Ahora.

Fuentes

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