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Economía

Argentina posterga hasta septiembre aplicación total de aumentos a impuestos de combustibles

Durante agosto se aplicará parte de los incrementos acumulados, mientras el resto entrará en vigor desde el 1 de septiembre de acuerdo con el Decreto 693/2026.

A
Resumen IA — Tres claves
  • Agosto tendrá incremento de $10.572 por litro en nafta y $9.511 en gasoil del impuesto sobre combustibles líquidos
  • El gobierno diferencia total de aumentos pendientes hasta septiembre para estimular crecimiento mediante sendero fiscal sostenible
  • Decreto modifica el esquema de plazos establecido en Decreto 617/2025 para actualizaciones trimestrales según variaciones del IPC
Fotografía referencial · Ahora

El Gobierno argentino publicó el viernes el Decreto 693/2026 en el Boletín Oficial, postergando parcialmente la aplicación de los aumentos pendientes en impuestos sobre combustibles líquidos y dióxido de carbono. La medida dispone que durante agosto se aplicará una parte de los incrementos acumulados de 2024, 2025 y del primer trimestre de 2026, mientras que el resto comenzará a regir desde el 1 de septiembre.

La normativa afecta a la nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil. En agosto, el impuesto sobre combustibles líquidos para naftas tendrá un incremento de $10.572 por litro, mientras que el impuesto al dióxido de carbono aumentará en $0.648. El gasoil incrementará $9.511 por litro en el impuesto sobre combustibles líquidos, $5.150 en el tratamiento diferencial y $1.084 en el impuesto al dióxido de carbono.

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Los impuestos sobre combustibles líquidos y dióxido de carbono se calculan mediante montos fijos en pesos por unidad de medida. La legislación vigente establece que estos valores deben actualizarse trimestralmente en función de variaciones del Índice de Precios al Consumidor que calcula el Indec. El decreto establece que el incremento total pendiente por actualizaciones de 2024 y 2025, más el primer trimestre de 2026, tendrá efectos a partir del 1 de septiembre.

Esta decisión alinea con lo decretado en junio mediante el Decreto 405/2026, por el cual el Ejecutivo extendió hasta el 30 de junio el período de diferimiento de incrementos, incorporando también las actualizaciones del primer trimestre de 2026 y trasladando su aplicación al 1 de julio.

El Poder Ejecutivo mencionó que resulta necesario diferir parcialmente los incrementos para continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible, según reportó La Nación.

Este artículo fue redactado con asistencia de IA a partir de fuentes públicas y está sujeto a revisión editorial de Ahora.

Fuentes

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