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Política

Decreto 1171 vincula transporte a recuperación de emergencia por sismo en Colombia

El Decreto 1171 de 2026 del Ministerio de Transporte vincula al sector a labores de respuesta y recuperación en 13 departamentos inicialmente afectados, priorizando evaluación de daños en vías, aeropuertos y corredores de transporte humanitario.

A
Resumen IA — Tres claves
  • Decreto 1171 activa régimen especial de la Ley 1523 de 2012 para 13 departamentos por 12 meses prorrogables
  • Invías y ANI priorizarán evaluación y rehabilitación de infraestructura vial nacional tanto en redes no concesionadas como concesionadas
  • Aerocivil habilitará corredores aéreos para transporte de ayuda humanitaria y evacuaciones médicas en zonas afectadas
Fotografía referencial · Ahora

El Gobierno nacional declaró la situación de desastre de carácter nacional luego del sismo de magnitud 7,4 registrado el 10 de agosto de 2026. La emergencia comprende inicialmente a 13 departamentos y tendrá una duración de 12 meses, prorrogable por un período igual.

El Decreto 1171 de 2026 activó el régimen especial previsto en la Ley 1523 de 2012 y vinculó al sector transporte a las labores de respuesta y recuperación de la emergencia. La responsabilidad del sector es garantizar la accesibilidad y el transporte durante la emergencia, además de trabajar en coordinación con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

El Invías y la ANI deberán priorizar la evaluación de daños y las labores de rehabilitación de la infraestructura vial nacional bajo su responsabilidad, tanto en la red no concesionada como en la concesionada, prestando especial atención a cierres de vías y puentes afectados. La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) apoyará la movilización segura de vehículos de emergencia y ayuda humanitaria por las carreteras afectadas.

La Aerocivil verificará las condiciones de operación y seguridad de los aeropuertos ubicados en las zonas afectadas, especialmente aquellos con daños estructurales, y habilitará los corredores aéreos necesarios para transportar ayuda humanitaria y realizar evacuaciones médicas. La Superintendencia de Transporte ejercerá vigilancia y control sobre los operadores que participen en la atención de la emergencia.

Los recursos destinados a la respuesta y recuperación serán canalizados a través de la Subcuenta SISMO 2026 del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, según reportó Semana.

Este artículo fue redactado con asistencia de IA a partir de fuentes públicas y está sujeto a revisión editorial de Ahora.

Fuentes

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