Costa Rica abre consulta para incorporar datos de contadores en declaraciones tributarias
La Dirección General de Tributación sometió a consulta pública dos proyectos para que profesionales en contabilidad identifiquen su participación en las declaraciones tributarias como parte de la estrategia contra la evasión.
- Hacienda requeriría que contadores incluyan su nombre, número de identificación y carné de agremiado en formularios de impuestos
- La medida forma parte de la Estrategia Nacional contra el Contrabando y la Evasión, según explicó el viceministro Víctor Carvajal
- La consulta pública se realiza hasta el 26 de agosto de 2026 en el correo dntt@hacienda.go.cr
La Dirección General de Tributación de Costa Rica anunció que sometió a consulta pública dos proyectos de resolución para modificar los formularios de declaración del impuesto al valor agregado e impuesto sobre la renta. Los cambios obligarían a contadores y asesores fiscales a incluir su nombre, número de identificación y carné de agremiado en una nueva sección dentro de cada declaración y sus instrucciones de llenado.
Víctor Carvajal, viceministro de Ingresos, explicó que la medida forma parte de la Estrategia Nacional contra el Contrabando y la Evasión impulsada por Hacienda. El objetivo es proporcionar trazabilidad al trabajo de estos profesionales y permitir un mayor control sobre sus actuaciones y las de sus clientes. Miguel Ángel Solís, director general de Tributación, precisó que la modificación busca establecer responsabilidad compartida entre el contribuyente y el profesional que participe en la elaboración de sus declaraciones.
Silvia Castro, socia de Impuestos del Despacho Carvajal, aclaró a La Nación que la modificación tendría alcance principalmente informativo. Explicó que Hacienda ya cuenta con mecanismos para identificar a los profesionales autorizados y que esta información ya queda rastreable desde sistemas anteriores. El cambio consiste únicamente en que los contadores deberán consignar explícitamente sus datos en el formulario, manteniéndose sin cambios el procedimiento para quienes presentan declaraciones mediante usuario autorizado.
Según Castro, el artículo 81 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios ya contempla sanciones para quienes asesoren o presten servicios para omitir el pago de impuestos o colaboren en la alteración de la contabilidad. Sin embargo, señaló que la responsabilidad del profesional está condicionada a que se demuestre su participación en esas conductas. La consulta pública permanece abierta hasta el 26 de agosto de 2026, según informó La Nación.
Este artículo fue redactado con asistencia de IA a partir de fuentes públicas y está sujeto a revisión editorial de Ahora.