Corte rechaza detención obligatoria de migrantes sin audiencia de fianza
La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito anuló la política de detención sin audiencia, restableciendo un derecho que estuvo vigente durante tres décadas.
- El Noveno Circuito rechazó la detención obligatoria de migrantes no admitidos en EE.UU. mediante fallo de dos votos contra uno
- El juez Daniel Bress, designado por Trump, concluyó que la política excede lo autorizado por la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1996
- La decisión distingue entre migrantes arrestados en la frontera y quienes son detenidos después de ingresar al territorio estadounidense
La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito dictaminó que la administración federal no puede aplicar de manera generalizada la detención obligatoria a migrantes indocumentados arrestados dentro de Estados Unidos. El fallo, aprobado por dos votos contra uno, restableció el derecho de estos migrantes a solicitar una audiencia de fianza para obtener su liberación mientras continúan sus procesos de deportación.
El juez Daniel Bress, designado por Donald Trump en 2019, escribió en la resolución que la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1996 no autoriza un cambio tan significativo en las normas de detención. Sostuvo que el lenguaje de la ley no tiene la claridad suficiente que esperaría si el Congreso hubiera deseado alterar los fundamentos del esquema de detención obligatoria.
La mayoría del tribunal estableció una distinción crucial entre quienes son arrestados en la frontera y quienes son detenidos después de haber ingresado al territorio estadounidense, argumentando que ambos grupos están sujetos a disposiciones legales diferentes. Durante casi tres décadas, administraciones de distintos partidos permitieron que migrantes no admitidos solicitaran fianza, una práctica que fue revertida por la actual administración.
El magistrado Carlos Bea emitió un voto disidente argumentando que la ley permite la detención sin fianza de cualquiera considerado solicitante de admisión. Sin embargo, la mayoría concluyó que esa clasificación legal no implica que todos esos extranjeros permanezcan constantemente buscando admisión una vez que se encuentran dentro del territorio estadounidense, según reportó La Nación.
Este artículo fue redactado con asistencia de IA a partir de fuentes públicas y está sujeto a revisión editorial de Ahora.