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Economía

Seniat elimina fecha de vencimiento del Registro de Información Fiscal en Venezuela

El Seniat establece que el número asignado a ciudadanos y empresas es único y no pierde validez con el tiempo, respondiendo a una ley de optimización de trámites administrativos.

A
Resumen IA — Tres claves
  • El RIF deja de tener vencimiento mediante Providencia SNAT/2026/00084 publicada en Gaceta Oficial N.º 43.435
  • Anteriormente vencía cada tres años obligando a renovación periódica; ahora es un identificador fiscal permanente como la cédula
  • El superintendente Román Maniglia señaló que la expiración era condición poco relevante que generaba trámites innecesarios
Seniat elimina fecha de vencimiento del Registro de Información Fiscal en Venezuela
Imagen: Wilfredor · Wikimedia Commons (CC0)

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) formalizó que el Registro de Información Fiscal (RIF) deja de tener fecha de vencimiento mediante providencia publicada en Gaceta Oficial N.º 43.435. La medida Providencia SNAT/2026/00084 derogó la normativa previa (SNAT/2024/000121) y entró en vigencia de forma inmediata. Durante años, el RIF impreso incluía una fecha de caducidad, generalmente cada tres años, que obligaba a ciudadanos y empresas a renovarlo periódicamente.

Con la nueva providencia, el Seniat establece que el número de RIF asignado es único, permanente y no pierde validez con el tiempo. El superintendente Román Maniglia explicó que la eliminación del vencimiento responde a revisiones técnicas y legales exhaustivas que concluyeron que la fecha de expiración era una condición poco relevante y generaba trámites innecesarios.

La medida obedece a la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos, anunciada por el Gobierno para eliminar burocracia, agilizar procesos y reducir plazos en la gestión pública. El RIF funciona ahora como un indicador fiscal permanente, similar al número de cédula, por lo que requiere actualización solo ante cambios en los datos del contribuyente, no por vencimiento.

Las obligaciones de los contribuyentes con RIF se mantienen sin cambios. Permanece la exigencia legal de emitir y exigir factura o comprobante fiscal por cada venta o prestación de servicio. El Seniat aún no ha publicado el texto sustitutivo con las nuevas pautas técnicas para desarrolladores y proveedores de sistemas de facturación, se espera que estas reglas se aclaren en las próximas semanas, según reportó Runrun.es.

Este artículo fue redactado con asistencia de IA a partir de fuentes públicas y está sujeto a revisión editorial de Ahora.

Fuentes

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