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Economía

Decreto 18-2026 destina timbre fiscal a municipalidades con IUSI en cero

La reforma al Impuesto Único Sobre Inmuebles modifica la estructura tributaria de viviendas y bienes inmuebles, además de cambiar el destino de recursos fiscales entre las 340 municipalidades del país.

A
Resumen IA — Tres claves
  • El decreto establece tasa cero por millar para inmuebles residenciales y entre tres y nueve por millar para comerciales
  • 45 municipalidades que en 2025 recaudaron Q0 de IUSI podrían beneficiarse al recibir recursos del timbre fiscal de transferencias inmobiliarias
  • El monto exacto que recibirá cada municipio depende de la informalidad económica local y operaciones inmobiliarias documentadas en cada jurisdicción
Decreto 18-2026 destina timbre fiscal a municipalidades con IUSI en cero
Imagen: U.S. Navy photo by Photographer's Mate 2nd Class Nathanael T · Wikimedia Commons (Public domain)

El decreto 18-2026 redistribuye la recaudación del impuesto de timbres fiscales generada por segundas y subsiguientes ventas, permutas o transferencias de inmuebles hacia las municipalidades donde se encuentra la propiedad, después de deducir los destinos preexistentes establecidos por ley. Simultáneamente, mantiene una tasa cero por millar para viviendas y uso residencial, mientras que inmuebles comerciales pagan entre tres y nueve por millar.

El análisis del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) identificó a 45 municipalidades que durante 2025 registraron recaudación efectiva de Q0 por concepto de IUSI: 40 no contabilizaron ni administraron el impuesto, mientras que cinco lo reportaron con recaudación cero a pesar de tenerlo contemplado. Estas comunas enfrentan una situación distinta a municipios como Guatemala, Mixco o Villa Nueva, donde el IUSI constituye una fuente de recursos significativa.

Ricardo Barrientos, director ejecutivo de Icefi, explicó que las 45 municipalidades podrían resultar beneficiadas al comenzar a recibir ingresos que actualmente no perciben por IUSI, aunque advirtió que esto no garantiza cantidades importantes ni posiciona a todas como mayores beneficiarias de la reforma en términos absolutos. La magnitud del beneficio depende de cuánto genere cada municipio por operaciones inmobiliarias sujetas al nuevo destino fiscal.

Luis Linares, exministro de Trabajo y analista municipal, subrayó que en algunos de estos territorios existe elevada informalidad económica en transacciones inmobiliarias, por lo que no puede anticiparse el beneficio sin conocer la recaudación efectiva. El decreto encomienda a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) elaborar reportes mensuales de recaudación por municipio, mientras que el Ministerio de Finanzas deberá programar y ejecutar las transferencias correspondientes, según reportó Prensa Libre.

Este artículo fue redactado con asistencia de IA a partir de fuentes públicas y está sujeto a revisión editorial de Ahora.

Fuentes

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